En ningún caso, bajo ningún concepto, es absolutamente imposible, tanto, como que llueva desde abajo hacia arriba. Solo pueden ser Regiones, porque la enmienda que, EFECTIVAMENTE introdujo José Manuel García-Margallo, elegido diputado en las Cortes Constituyentes de 1977, enmienda con "la indisoluble unidad de la Nación", frente a "la autonomía de las nacionalidades". Basándome en la física cuántica, esa segunda parte del artículo 2, es una gigantesca paradoja, y según la lógica aristotélica, un contrasentido tan absurdo que, hasta un mierdecilla como yo puede y debe echárselo en cara alto y claro a los padres de la Constitución o a cualquier perroflautico catedrático de Derecho Constitucional que trate de darle algún sentido o lógica a la contradicción entre "la indisoluble unidad de la Nación" y "la autonomía de las nacionalidades"… Continuar leyendo →
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